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Fondo de garantía de depósitos

Depósitos paralizados

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Estado de Cuenta

Las instituciones deberán tener a disposición de cada cliente un Estado de Cuenta en al menos una de estas dos formas:

- En formato físico, que el cliente puede retirar sin costo en los locales de la institución u, opcionalmente, ser enviado a su domicilio, con o sin costo para el cliente.

- En formato electrónico sin costo para el cliente, ya sea remitiéndolo a su casilla de correo electrónico o proporcionándole acceso a un sistema de consulta a través de internet.

Se debe brindar la posibilidad de hacer llegar su Estado de Cuenta a la casilla de correo electrónico del cliente o enviarle un aviso indicando la dirección en Internet donde podrá consultarlo.

Si se trata de una cuenta a la vista (cuenta corriente) el estado de cuenta abarcará como mínimo las operaciones del último mes.

En caso que corresponda, la institución deberá enviar el estado de cuenta de cada cliente en un plazo máximo de siete días contados a partir de la fecha de cierre del período a que esté referido.

En el estado de cuenta debe figurar, como mínimo:

a) Identificación del titular y número de cuenta.

b) Fecha, descripción e importe de cada débito y crédito.

c) Saldo inicial y final de la cuenta en el período informado.

d) Tasas de interés efectivas anuales aplicadas, indicando el período de vigencia respectivo.

e) Una referencia a los medios disponibles para que los clientes puedan efectuar consultas y reclamos, y una nota señalando que la institución se encuentra supervisada por el Banco Central del Uruguay y que por más información se puede acceder a www.bcu.gub.uy.

En el caso de cuentas corrientes

Tené presente que no debés girar un cheque en descubierto, a menos que tengas un acuerdo de crédito en sobregiro previamente pactado con la institución, ya que de lo contrario podría estar sujeto a la normativa de infractores a la ley de cheques (ver más sobre cheques). Para tu control, es importante que utilices el talonario de cheques para completar los datos solicitados acerca de cada cheque que libres. Escribí también los depósitos o las transferencias recibidas en tu cuenta y calculá el saldo.

Serán obligaciones de los cuentacorrentistas

a) Informar de inmediato al banco, por escrito, de cualquier cambio de domicilio y toda otra modificación de los datos proporcionados en la apertura.

b) Comunicar al banco, de inmediato, cualquier modificación en los contratos sociales, estatutos o poderes relacionados con el manejo de la cuenta.

c) Devolver al banco todos los cheques en blanco que conserves al solicitar el cierre de la cuenta o al serle notificada la suspensión o la clausura de la cuenta corriente.

d) Abonar los cheques rechazados y demostrar el pago ante el banco girado dentro del plazo establecido.

Fondo de garantía de depósitos

¿Para qué sirve un seguro de depósito?

Un seguro de depósito brinda cobertura a las personas físicas y jurídicas depositantes en caso de insolvencia o liquidación de las instituciones financieras.

Contribuye a fortalecer la estabilidad y la confianza en el sistema financiero y provee protección a las personas físicas y jurídicas usuarias, en particular a ahorristas de pequeño monto.

Asegurador de depósitos

En Uruguay, la entidad encargada de la administración del Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios es la Corporación de Protección del Ahorro Bancario (COPAB). Por más información sobre la COPAB, visite su Sitio Web.

Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios

El Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios fue creado para reintegrar a las personas depositantes de bancos y cooperativas de intermediación financiera en liquidación, los importes garantizados de sus depósitos, hasta un límite de cobertura determinado. Fue constituido originalmente por los aportes del Estado y de las instituciones de intermediación financiera cuyas personas físicas o jurídicas depositantes están alcanzadas por la cobertura del seguro de depósitos.

Garantía

Los depósitos realizados por personas físicas y jurídicas en bancos y cooperativas de intermediación financiera están alcanzados por la garantía.

Cobertura y montos

La cobertura opera por institución, por persona y por moneda.

En el caso de los depósitos en moneda nacional, la cobertura máxima asciende al equivalente de 250.000 UI. Para depósitos en moneda extranjera, la cobertura máxima es de USD 10.000.

Ejemplos de cobertura

Caso 1
Ana tiene un depósito en el banco 1 por USD 4.000. En caso de liquidación del banco 1, el seguro de depósitos devolverá a Ana los USD 4.000.

Caso 2
Juan tiene dos depósitos en el banco 1: uno por USD 6.000 y otro por 300.000 UI. El seguro le cubrirá los USD 6.000 y 250.000 UI.

Caso 3
María tiene un depósito por 200.000 UI en el banco 1 y otro por 350.000 UI en el banco 2. Si se diera que tanto el banco 1 como el banco 2 fueran liquidados, María recibiría un monto total de 450.000 UI (200.000 + 250.000 respectivamente).

Depósitos paralizados

Si tienes una cuenta y transcurre un plazo de 5 años sin realizar movimientos, los fondos serán depositados en el Banco de la República Oriental del Uruguay y en la cuenta del Tesoro Nacional, bajo el rubro "Depósitos Paralizados".

Los titulares de fondos depositados en el Tesoro Nacional como “Depósitos Paralizados”, podrán solicitar su reintegro dentro del plazo de 10 años contados a partir de la fecha de versión de los mismos al Tesoro Nacional (art. 3° de la Ley 5.157 de 17 de setiembre de 1914 en la redacción dada por el artículo 3 de la Ley 10.603 del 23/2/45 -Fondos Paralizados-).

Para solicitar el reintegro de fondos transferidos al Tesoro Nacional, es posible realizar el trámite en línea ingresando aquí.